Por primera vez, la Corte IDH se pronuncia sobre alcance de los derechos de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario en el caso de los Pueblos Tagaeri y Taromenane Vs. Ecuador
San José, Costa Rica, 13 de marzo de 2025. En la sentencia, notificada hoy, en el caso Pueblos Indígenas Tagaeri y Taromenane Vs. Ecuador, la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró la responsabilidad internacional del Estado de Ecuador por la violación a los derechos a la propiedad colectiva, a la libre determinación, a una vida digna, a la salud, a la alimentación, a la identidad cultural, a un ambiente sano, a la vivienda, a la vida, a las garantías judiciales y a la protección judicial en perjuicio de los Pueblos Tagaeri y Taromenane y otros pueblos indígenas en aislamiento voluntario “PIAV” habitantes de la Amazonía occidental ecuatoriana. Además, declaró la responsabilidad estatal por la violación a los derechos a la integridad personal, la libertad personal, la honra, dignidad, protección de la familia, de la niñez, identidad, circulación y residencia, identidad cultural, salud y a las garantías judiciales en perjuicio de dos niñas integrantes de estos pueblos al momento de los hechos.
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