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La supervisión de cumplimiento de las sentencias constituye una de las actividades más demandantes del Tribunal, ya que la Corte enfrenta un incremento constante en el número de casos en esta etapa. En cada sentencia se ordenan múltiples medidas de reparación[1], cuya ejecución es rigurosa y continuamente supervisada por la Corte hasta alcanzar el cumplimiento total. Al evaluar el cumplimiento de cada reparación el Tribunal efectúa un escrutinio estricto sobre la ejecución de sus diferentes componentes así como que se materialice respecto a cada una de las víctimas beneficiarias de las medidas, siendo que la mayoría de casos tiene múltiples víctimas. Actualmente se encuentran en etapa de supervisión de cumplimiento 208 casos[2], que implican la supervisión de 1140 medidas de reparación.

Tanto el número de reparaciones ordenadas, como su naturaleza y complejidad de cumplimiento impacta en el tiempo que un caso puede estar en la etapa de supervisión de cumplimiento. El cumplimiento de algunas medidas implica un mayor nivel de dificultad. El archivo de un caso requiere el cumplimiento de todas las medidas de reparación por parte del Estado encontrado internacionalmente responsable. De esta manera, no es inusual que algunos casos en etapa de supervisión de cumplimiento de sentencia tengan pendiente el cumplimiento de solamente una medida de reparación, mientras que otros tienen pendiente el cumplimiento de múltiples reparaciones. Es por ello que, a pesar de que en muchos casos se ha procedido al cumplimiento de múltiples medidas de reparación, la Corte mantiene abierta la supervisión de los casos hasta que considera que se ha producido un total cumplimiento de la sentencia.

Desde la propia sentencia, la Corte requiere al Estado la presentación de un primer informe de cumplimiento de las reparaciones ordenadas en la misma, para lo cual le otorga el plazo de un año[3]. El Tribunal efectúa la supervisión del cumplimiento de las sentencias a través de la emisión de resoluciones, la celebración de audiencias, la realización de diligencias in situ en el Estado responsable y la supervisión diaria por medio de notas de su Secretaría. En el año 2015 entró en funcionamiento una Unidad de la Secretaría de la Corte dedicada exclusivamente a la supervisión de cumplimiento de sentencias (Unidad de Supervisión de Cumplimiento de Sentencias), con el fin de dar un mayor seguimiento al grado de cumplimiento por parte de los Estados de las diversas medidas de reparación que son ordenadas. Previamente esa labor se encontraba repartida entre los diferentes equipos de trabajo del área legal de la Secretaría de la Corte, los cuales también se encargaban de trabajar en los casos contenciosos pendientes de sentencia, en el seguimiento de medidas provisionales y en opiniones consultivas.

La Corte efectúa la supervisión tanto de cada caso individualmente, como también a través de la estrategia de la supervisión conjunta de medidas de reparación ordenadas en sentencias de varios casos respecto de un mismo Estado. El Tribunal efectúa esta estrategia cuando en las sentencias de varios casos ha ordenado reparaciones iguales o similares, las cuales en ocasiones enfrentan en su ejecución factores, retos u obstáculos comunes. Las audiencias y resoluciones de supervisión conjunta han tenido un impacto y repercusiones positivas en los diferentes actores relacionados con su cumplimiento. Este mecanismo de supervisión de cumplimiento especializado y conjunto permite a la Corte alcanzar un mayor impacto al concentrar el tratamiento de un tema común en varios casos respecto de un mismo Estado y abordar de manera global una temática, en lugar de tener que realizar diversas supervisiones de cumplimiento de una misma medida. Ello también impacta en la posibilidad de diálogo entre los diferentes representantes de las víctimas de los distintos casos y en la participación más dinámica de los funcionarios estatales que a nivel interno les corresponde ejecutar las reparaciones. Asimismo, permite tener un panorama general de los avances y sus impedimentos respecto de un mismo Estado, identificar los puntos del cumplimiento sobre los cuales hay mayor controversia entre las partes, y aquellos respecto de los cuales éstas pueden lograr una mayor concertación y avance en la ejecución.

Con el objetivo de brindar mayor información y visibilidad al estado de cumplimiento de las reparaciones ordenadas en las sentencias emitidas por la Corte Interamericana, en años recientes se ha ido aumentando la información disponible tanto en el Informe Anual como en el sitio web oficial de la Corte.

En lo que respecta al sitio web, se dispuso desde la página web de inicio (www.corteidh.or.cr) un enlace denominado “Casos en Etapa de Supervisión” (http://www.corteidh.or.cr/cf/jurisprudencia2/casos_en_etapa_de_supervision.cfm), dentro del cual se despliega un cuadro organizado por Estado en el orden cronológico en el que fueron emitidas las sentencias. En el mismo se incluyen enlaces que dirigen directamente al usuario a:

  • la sentencia que dispuso las reparaciones del caso,
  • las resoluciones que se han emitido en cada caso en la etapa de supervisión de cumplimiento, y
  • la columna de “Reparaciones” que contiene enlaces a las “Reparaciones declaradas cumplidas” (distinguiéndose los cumplimientos parciales y los cumplimientos totales) y a las “Reparaciones pendientes de cumplimiento”.

Durante el año 2018 se continuó actualizando dicha información en la página web, lo cual permite que los diferentes usuarios de Sistema Interamericano cuenten con una herramienta para consultar y conocer de manera sencilla y ágil cuáles son las reparaciones que se encuentran bajo supervisión del Tribunal y aquellas que ya han sido cumplidas por los Estados. Asimismo, en la página de inicio del sitio web (www.corteidh.or.cr) se encuentra un enlace denominado “Casos Archivados por Cumplimiento” (http://www.corteidh.or.cr/cf/jurisprudencia2/casos_en_etapa_de_supervision_archivados_cumplimiento.cfm?lang=es), en el cual se despliega un cuadro organizado por Estado en el orden cronológico en que fueron emitidas las sentencias, con los respectivos enlaces directos a la sentencia que determinó las reparaciones y las resoluciones que se emitieron en cada caso durante la supervisión de cumplimiento hasta su cumplimiento total. Al 2018, 31 casos han sido archivados por cumplimiento total.

Durante el 2018, la Corte Interamericana realizó 6 audiencias de supervisión de cumplimiento de sentencias, mediante las cuales supervisó el cumplimiento de sentencias de 9 casos, con el propósito de recibir del Estado involucrado información actualizada y detallada sobre el cumplimiento de las medidas de reparación ordenadas y de escuchar las observaciones de los representantes de las víctimas y de la Comisión Interamericana.

Cinco de estas audiencias se celebraron en la sede de la Corte en San José, Costa Rica, mientras que una se realizó en El Salvador. Dos de estas audiencias fueron públicas y cuatro de ellas fueron de carácter privado. Asimismo, tres de dichas audiencias se realizaron de manera conjunta para, respectivamente, casos de Perú[4], Guatemala[5] y Honduras[6], mientras que las tres audiencias restantes supervisaron casos individuales del Perú[7], El Salvador[8] y Colombia[9].

Como se detalla más adelante, el Tribunal realizó varios tipos de audiencias de supervisión de cumplimiento de sentencia.

En lo que respecta a las resoluciones de supervisión de cumplimiento de sentencia, durante el 2018, la Corte emitió 36 resoluciones, mediante las cuales se supervisó el cumplimiento de las sentencias emitidas en 37 casos, con el fin de: evaluar el grado de cumplimiento de las reparaciones, solicitar información detallada en relación con las providencias tomadas para cumplir con determinadas medidas de reparación, instar a los Estados a cumplir y orientar sobre el cumplimiento de las medidas de reparación dispuestas, proporcionar instrucciones para los efectos del cumplimiento y dilucidar aspectos sobre los cuales existe controversia entre las partes relativos a la ejecución e implementación de las reparaciones, todo ello en aras de garantizar una aplicación íntegra y efectiva de sus decisiones. Las resoluciones de supervisión de cumplimiento de sentencia que emitió el Tribunal en el 2018 tuvieron diversos contenidos y fines:

supervisar individualmente por caso el cumplimiento de todas o varias reparaciones ordenadas en las sentencias, incluyendo el reintegro al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte;

supervisar conjuntamente el cumplimiento de una o varias reparaciones ordenadas de forma igual o similar en las sentencias de varios casos respecto de un mismo Estado responsable, incluyendo el reintegro al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte, y

archivar casos por cumplimiento total de las reparaciones ordenadas.

Además de la supervisión efectuada mediante las referidas resoluciones y audiencias, durante el año 2018, se solicitó información u observaciones a las partes y Comisión a través de notas de la Secretaría del Tribunal, siguiendo instrucciones de la Corte o de su Presidente, en 132 de los 208[10] casos en etapa de supervisión de cumplimiento de sentencia.

Durante el 2018, la Corte recibió 352 informes y anexos de los Estados en 148 de los 208[11] casos en etapa de supervisión de cumplimiento de sentencia. Ello quiere decir que en muchos de esos 148 casos se recibieron varios informes durante el año. Asimismo, durante el año el Tribunal recibió 405 escritos de observaciones, ya sea de las víctimas o sus representantes legales o de la Comisión Interamericana en 139 de los 208 casos en etapa de supervisión de cumplimiento de sentencia.

Con la implementación de las referidas acciones (solicitar informes en la sentencia, resoluciones, audiencias, diligencias in situ en el Estado responsable, solicitudes de información u observaciones a través notas de la Secretaría del Tribunal y la respectiva recepción de informes u observaciones) la Corte realizó, durante el año 2018, labores de supervisión de cumplimiento en el 100% de los casos, es decir en los 208 casos en etapa de supervisión de cumplimiento.

Adicionalmente, durante el 2018 se continuó implementando el referido mecanismo de supervisión conjunta con respecto a las siguientes medidas de reparación:

  • la obligación de investigar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables de las graves violaciones a los derechos humanos en catorce (14) casos contra Guatemala;
  • medidas relativas a la identificación, entrega y titulación de tierras de tres comunidades indígenas ordenadas en tres (3) casos contra Paraguay;
  • brindar tratamiento médico y psicológico a las víctimas en nueve (9) casos contra Colombia;
  • la adecuación del derecho interno con los estándares convencionales e internacionales en materia de garantía del juez natural en relación con la jurisdicción penal militar en cuatro (4) casos contra México;
  • la adecuación del derecho interno en materia de protección del derecho a la vida ante la imposición de la pena de muerte obligatoria para el delito de homicidio en dos (2) casos contra Barbados;
  • garantías de no repetición en dos (2) casos contra Honduras relativas a protección de defensores de derechos humanos, en particular del medio ambiente, y
  • permitir el ejercicio del derecho a decidir sobre si tener hijos biológicos a través del acceso a la fecundación in vitro, tanto a nivel privado como público, ordenada en dos (2) casos contra Costa Rica.

 

[1] Para comprender la gran amplitud de medidas ordenadas por la Corte IDH es posible agruparlas dentro de las siguientes 6 Formas de reparación: Restitución, rehabilitación, satisfacción, garantías de no repetición, indemnizaciones y reintegro de costas y gastos y  obligación de investigar, juzgar y, en su caso, sancionar.

[2] En esta lista de 208 casos en etapa de supervisión de cumplimiento se incluyen los casos en que en los años anteriores al 2018 el Tribunal aplicó el artículo 65 de la Convención Americana por incumplimiento estatal y cuya situación no ha variado.

[3] Asimismo, respecto de las medidas relativas a la publicación y difusión de la Sentencia la Corte puede requerir al Estado que, independientemente del plazo de un año para presentar su primer informe, informe de forma inmediata al Tribunal una vez que proceda a realizar cada una de las publicaciones dispuestas en el fallo respectivo.

[4] Audiencia pública de supervisión conjunta para el caso Barrios Altos y el caso La Cantuta, ambos contra Perú.

[5] Audiencia privada de supervisión conjunta para el caso Véliz Franco y otros y el caso Velásquez Paiz y otros, ambos contra Guatemala.

[6] Audiencia privada de supervisión conjunta para el caso Comunidad Garífuna de Punta Piedra y sus miembros y el caso Comunidad Garífuna Triunfo de la Cruz y sus miembros, ambos contra Honduras.

[7] Audiencia pública de supervisión de cumplimiento y solicitud de medidas provisionales para el caso Durand y Ugarte Vs. Perú.

[8] Audiencia privada de supervisión para el caso Masacres de El Mozote y lugares aledaños Vs. El Salvador.

[9] Audiencia privada de supervisión para el caso Comunidades Afrodescendientes desplazadas de la Cuenca del Río Cacarica (Operación Génesis) Vs. Colombia.

[10] En la lista de 208 casos en etapa de supervisión de cumplimiento de sentencia se incluyen aquellos en los cuales aún no ha vencido el plazo de un año dispuesto en las Sentencias para que los Estados presenten el informe sobre su cumplimiento, ya que formalmente los casos se encuentran en dicha etapa y en múltiples ocasiones las partes presentan información al Tribunal previo al vencimiento de dicho plazo.

[11] En la lista de 208 casos en etapa de supervisio?n de cumplimiento de sentencia se incluyen aquellos en los cuales au?n no ha vencido el plazo de un an?o dispuesto en las Sentencias para que los Estados presenten el informe sobre su cumplimiento, ya que formalmente los casos se encuentran en dicha etapa y en mu?ltiples ocasiones las partes presentan informacio?n al Tribunal previo al vencimiento de dicho plazo.