San José, 6 de noviembre de 2020.- En la Sentencia del Caso Urrutia Laubreaux Vs. Chile notificada el día de hoy, la Corte Interamericana de Derechos Humanos encontró responsable internacionalmente al Estado de Chile por la violación de los derechos a la libertad de pensamiento y expresión (artículo 13), a las garantías judiciales (artículo 8.1, 8.2.b y 8.2.c), y al principio de legalidad (artículo 9), en relación con la obligación de respetar y garantizar dichos derechos (artículo 1.1) y el deber de adoptar disposiciones de derecho interno (artículo 2), en perjuicio del Juez Daniel David Urrutia Laubreaux.