Jueves 12 de octubre | 9:00 - 19:00 h.
Si desea asistir presencialmente al Seminario o a las Audiencias Públicas del 162 Período Ordinario de Sesiones de la Corte IDH en Bogotá, Colombia debe inscribirse individualmente a cada uno de los eventos.
El presente caso se refiere a la alegada responsabilidad del Estado por la presunta desaparición forzada de Viviane Rocha, Cristiane Leite de Souza, Wudson de Souza, Wallace do Nascimento, Antônio Carlos da Silva, Luiz Henrique Euzébio, Edson de Souza, Rosana Lima de Souza, Moisés dos Santos Cruz, Luiz Carlos Vasconcelos de Deus y Edio do Nascimento, así como los alegados actos de violencia sexual en contra de la mujer, en el marco de tales desapariciones. El caso, además, se relaciona con el presunto homicidio de las señoras Edméa da Silva Euzébio y Sheila da Conceição, madre y prima de Luiz Henrique Euzébio, una de las presuntas víctimas de desaparición forzada, y la alegada falta de debida diligencia en la investigación y sanción de los responsables.
Según la Comisión, el 26 de julio de 1990 un grupo de policías civiles y militares habría secuestrado y trasladado a las presuntas víctimas al rancho de un militar, donde habrían sido sometidas a violencia sexual, asesinadas y lanzadas al Río Estrela. El 31 de julio de 1990 habría dado inicio la investigación policial. El 27 de julio de 2010 el Ministerio Público del estado de Rio de Janeiro archivó la investigación policial, sin que se hubiera iniciado una acción penal, pues “‘los cuerpos nunca fueron encontrados, no habiendo pruebas técnicas de la materialidad del crimen de homicidio’”, y debido a la prescripción de la pretensión punitiva. La investigación habría sido desarchivada el 13 de diciembre de 2011 para presuntamente atender a la petición presentada ante la Comisión Interamericana.
Por otro lado, el 15 de enero de 1993 las señoras Edméa da Silva Euzébio y Sheila da Conceição, habrían sido asesinadas en la ciudad de Río de Janeiro, poco después de que la señora Da Silva hubiera testificado ante una autoridad judicial sobre la participación de policías en las presuntas desapariciones. El 25 de febrero de 1993 habría iniciado la investigación penal de estas muertes. De acuerdo con la Comisión, la persona imputada como autor intelectual fue absuelta en 1996 por el Tribunal de Jurado a solicitud del Ministerio Público, por falta de pruebas. Posteriormente, siete policías militares del 9° Batallón de la Policía Militar, conocido como “Caballos Corredores”, habrían sido acusados por los homicidios. El 22 de septiembre de 2014 el caso fue llevado al Tribunal de Jurado.