ESP | ENG | POR  En Vivo |

 

Ficha Técnica: Comunidad Garífuna Punta Piedra y sus miembros Vs. Honduras.

Víctimas(s): 

Joaquín Thomas, Roberto Mejía Castillo, Santo Celi Suazo, Armando  Castillo Núñez, Santo Castillo Ávila, Paulino Mejía Castillo, Juliana Suazo  Montero, Edilberto Ávila Castillo, Guillermo Batis, Dionisia Ávila Castillo y  Antonio Bernárdez Suazo.

 

Representante(s): 
Estado Demandado:  Honduras
Sumilla: 

En 1993 el Estado otorgó un título de propiedad a la Comunidad de Punta Piedra, el cual fue posteriormente ampliado en 1999. Sin embargo, al momento de la titulación, parte del territorio se encontraba ocupado por los pobladores de la Aldea de Río Miel. Con motivo de lo anterior, se realizaron diversos procedimientos conciliatorios y en el año 2001 el Estado se comprometió a sanear el territorio en favor de la Comunidad de Punta Piedra, mediante el pago de mejoras y la reubicación de los pobladores de Río Miel. A pesar de ello, los compromisos adoptados no fueron efectivos, lo cual generó una situación de conflicto entre ambas comunidades. Durante el conflicto, se produjeron actos de violencia e intimidación, dentro de los cuales se produjo la muerte del señor Félix Ordóñez Suazo, quien fuera un miembro de la Comunidad de Punta Piedra. Por otra parte, la Corte tuvo conocimiento del otorgamiento de una concesión minera que afectaría una parte del territorio titulado a la Comunidad de Punta Piedra.

Palabras Claves:  Asesinato, Conflictos, Derecho a la tierra y al territorio, Invasión de territorios, Propiedad comunitaria, Territorialidad, Violencia
  Ver jurisprudencia relacionada
Derechos violados
Convención Americana:  No se consigna

Otro(s) tratado(s) interamericano(s) No se consigna

Otros Instrumentos: No se consigna
Hechos
Procedimiento ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Procedimiento ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos
Competencia y Admisibilidad
Reconocimiento de Responsabilidad Internacional
Análisis de fondo
Reparaciones
Puntos Resolutivos
Actuaciones posteriores a la(s) sentencia(s)
Sentencia de interpretación: No se consigna

Supervisión de cumplimiento de sentencia No se consigna