La Justicia Pendiente
Manuela, una mujer de origen humilde, vivía con su familia en una zona rural de El Salvador. Analfabeta, con escasos recursos económicos, su vida cambió drásticamente el 27 de febrero de 2008. Ese día, Manuela sufrió una emergencia obstétrica y fue llevada al Hospital de San Francisco Gotera. Los médicos diagnosticaron preeclampsia grave postparto y anemia severa debido a una pérdida significativa de sangre. Sin embargo, lo que debía ser un momento de atención y cuidado se convirtió en el inicio de una cadena de injusticias.
Criminalización Inmediata y Arbitraria
Manuela sufrió una emergencia obstétrica que requirió atención médica urgente. En lugar de recibir el tratamiento adecuado, fue denunciada por el personal médico que la atendió, y su situación se convirtió en una cadena de violaciones a sus derechos humanos, comenzando por su inmediata criminalización.
Un Proceso Judicial Viciado
El juicio contra Manuela estuvo plagado de irregularidades y prejuicios. Durante el proceso, que se extendió desde marzo hasta agosto de 2008, se le negó una defensa adecuada. La defensa pública, lejos de proteger sus derechos, actuó en su detrimento, dejándola en un estado de indefensión total. El 11 de agosto de 2008, el Tribunal de Sentencia de San Francisco Gotera la condenó a 30 años de prisión por homicidio agravado, una sentencia que se basó más en estereotipos de género que en pruebas concretas.
Fuente: Getty Images
La Lucha por la Justicia Internacional
En noviembre de 2021, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió un fallo histórico en el caso de Manuela Vs. El Salvador. La Corte declaró responsable al Estado salvadoreño por violar múltiples derechos humanos de Manuela, incluyendo su derecho a la libertad personal, a las garantías judiciales, a la igualdad ante la ley, a la vida, a la integridad personal, a la vida privada y a la salud. Además, la Corte reconoció el sufrimiento y la angustia infligidos a su familia.
La Sentencia de la Corte también incluyó medidas de satisfacción, como la publicación de la sentencia en diversos medios oficiales y la implementación de reparaciones para las víctimas, incluyendo a Manuela, su madre, su padre y sus dos hijos.
Testimonios y Repercusiones
Morena Herrera, de la Colectiva Feminista para el Desarrollo Local, describió el caso de Manuela como una tragedia que representa un cambio. "Se convierte en un camino de justicia y esperanza para todas las mujeres de América Latina y el Caribe que son criminalizadas por eventos obstétricos", afirmó.
Carmen Martínez, del Centro de Derechos Reproductivos, destacó que la sentencia es un acto reparador, no solo para Manuela y su familia, sino también para todas aquellas mujeres que han sido estigmatizadas por la criminalización de emergencias obstétricas. "La Corte da un paso adelante contemplando que las emergencias obstétricas nunca deben ser decididas por la vía penal y que la culpabilidad de Manuela nunca fue cierta. El Estado se equivocó. Manuela fue inocente", aseveró.
Fuente: Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto
El Impacto de una Sentencia
La Corte IDH ordenó al Estado salvadoreño tomar medidas de reparación, incluyendo la garantía del secreto profesional del personal de salud, la creación de protocolos para la atención de emergencias obstétricas y el desarrollo de políticas públicas de no repetición. Estas acciones son fundamentales para evitar que otras mujeres sufran el mismo destino que Manuela.
Angélica Rivas, del Colectivo Feminista, informó que hasta el momento tienen en estudio 20 casos similares al de Manuela. "En El Salvador, el patrón sistemático y violatorio de derechos humanos es que, por tener emergencias obstétricas, estas mujeres han sido criminalizadas y no se investiga todo el entorno que rodea la situación de la mujer", detalló.
Por su parte, Carmen Martínez, del Centro de Derechos Reproductivos, explica que esta Sentencia es un hito crucial para los derechos de las mujeres en América Latina, porque reconoce que las emergencias obstétricas no deben ser tratadas desde un enfoque penal, sino como urgencias médicas que requieren atención integral y respetuosa de sus derechos.
Es común que el personal médico presente denuncias contra estas mujeres, quienes luego son condenadas por homicidio agravado, como le sucedió a Manuela. Este contexto afecta especialmente a mujeres en situación de pobreza, con poca educación y que viven en zonas rurales, convirtiéndose en un insumo probatorio no solo para este caso, sino también para otros similares.
Fuente: Colectiva Feminista
Martínez destaca que una medida crucial para los derechos reproductivos es el respeto al secreto profesional. La Corte ha dejado claro que el personal de salud debe privilegiar siempre el deber de guardar el secreto profesional frente a cualquier obligación de denuncia. Esto es esencial para garantizar que todas las mujeres que acuden a los servicios de salud con signos de haber sufrido emergencias obstétricas reciban la atención necesaria sin temor a ser criminalizadas. Además, la Corte subraya que la atención en salud para estas mujeres debe ser integral y no condicionada a interrogatorios, ya que resulta discriminatorio y constituye violencia contra la mujer.
La Sentencia también tiene implicaciones para los 32 Estados de la región que han ratificado la Convención Americana. Estos países tienen la obligación de asegurar que el personal médico priorice siempre la atención en salud y los derechos de las mujeres sobre cualquier juicio basado en prejuicios y estereotipos de género. La Corte también ha ordenado la implementación de políticas públicas que aseguren que las emergencias obstétricas sean tratadas con servicios de salud accesibles y de calidad, y no a través del sistema penal.
A pesar de los avances significativos que representa esta Sentencia, Carmen Martínez señala que, por ejemplo, la despenalización del aborto en El Salvador sigue siendo un desafío monumental, porque a pesar de los esfuerzos de la sociedad civil y de algunos legisladores para reformar la ley y alinear a El Salvador con sus obligaciones internacionales, ni siquiera se ha permitido la discusión de estos derechos fundamentales en el Congreso. Esto relacionado a un estereotipo profundamente arraigado que considera que el rol principal de las mujeres es el reproductivo, obligándolas a sacrificarse incluso cuando el embarazo pone en riesgo su vida o salud, o es resultado de violencia sexual. Martínez indica que esta visión restrictiva y discriminatoria continúa siendo una barrera significativa para la protección de los derechos reproductivos en el país.
Un Llamado a la Humanidad
El caso de Manuela es un recordatorio doloroso de las injusticias que pueden surgir de leyes y sistemas judiciales que no respetan los derechos humanos fundamentales. La Sentencia de la Corte IDH no solo busca justicia para Manuela y su familia, sino también cambiar la realidad para miles de mujeres en El Salvador y más allá.
Este fallo es un llamado urgente a reformar los sistemas legales y judiciales, y a garantizar la protección de los derechos humanos, especialmente para las mujeres en situaciones de vulnerabilidad. Promueve la dignidad, la igualdad y el respeto a la vida y la integridad de todas las personas, sin distinción de género, origen o circunstancias.
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