Volver al inicio

<< Reinserción social | Relación jurídica de seguridad social | Relaciones bilaterales >>

Volver a: "R"

Relación jurídica de seguridad social
TA:
Derecho a la seguridad social
Legislación en salud
TE:
Cobertura en salud
Relaciones laborales
TR:
Acción protectora del sistema de seguridad social
NA:
Se da entre el sujeto que recibe una prestación y el ente que la concede, dicha relación tiene carácter jurídico porque está regulada por el derecho. El objeto de la relación jurídica es la protección de los entres jurídicos sobre los ciudadanos. Se suelen distinguir tres ámbitos de desarrollo de esa relación jurídica: afiliación, cotización y protección