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- Se reconoce que los bienes públicos acarrean beneficios que
no pueden ser circunscritos fácilmente a un único
"comprador" (o conjunto de "compradores"). No obstante, una
vez que se les aporta, son numerosos quienes pueden
disfrutar de tales bienes gratuitamente. Un ejemplo son los
nombres de las calles; otro, el medio ambiente no
contaminado. Si bien se comprende que los bienes públicos
entrañan efectos externos de gran magnitud (y beneficios
difusos), una definición más estricta depende de un juicio
acerca de la manera en que se consume el bien: si no puede
impedirse a nadie que consuma el bien, éste es, entonces,
no excluible. Si puede ser consumido por muchos sin
agotarse, entonces el bien no tiene rivalidad en el
consumo. Los bienes públicos puros, que son raros, tienen
ambos atributos, mientras que los bienes públicos impuros
los poseen en menor grado, o poseen una combinación de uno
y otro. (