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Volver a: "B"Bienes gananciales
- TA:
- Bienes mancomunados
- Derecho de familia
- TE:
- Herencia
- NA:
- Los bienes obtenidos por el trabajo o la industria de
cualquiera de los cónyuges, es decir los frutos, rentas o
intereses que produzcan tanto los bienes privativos como
los gananciales. Se incluyen los adquiridos a título
oneroso (no de forma gratuita) a costa del caudal común,
bien se haga la adquisición para la comunidad matrimonial,
bien para uno sólo de los esposos.