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Volver a: "R"Recurso de reclamación
- UF:
- Recurso de queja
- TA:
- Derecho procesal
- Ley de amparo
- NA:
- El recurso de reclamación es procedente contra los acuerdos
de trámite dictados por el Presidente de la Suprema Corte
de Justicia o por los presidentes de sus Salas o de los
Tribunales Colegiados de Circuito. Dicho recurso se podrá
interponer por cualquiera de las partes, por escrito, en el
que se expresen los agravios relativos. (Fuente: Manual del
Juicio de Amparo)