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Volver a: "P"Plataforma continental
- TA:
- Convención de Jamaica
- Convención de la Organización de las Naciones Unidas sobre Derechos del Mar
- TE:
- Mar territorial
- NA:
- La plataforma continental de un Estado ribereño comprende
el lecho y el subsuelo de las áreas submarinas que se
extienden más allá de su mar territorial y a todo lo largo
de la prolongación natural de su territorio hasta el borde
exterior del margen continental, o bien hasta una distancia
de 200 millas marinas contadas desde las líneas de base a
partir de las cuales se mide la anchura del mar
territorial, en los casos en que el borde exterior del
margen continental no llegue a esa distancia. (Fuente:
Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar
de 1982)