Convención sobre los Derechos del Niño

80 P Convención sobre los Derechos del Niño Artículo 36 Los Estados Partes protegerán al niño contra todas las demás formas de explotación que sean perjudiciales para cualquier aspecto de su bienestar. Miguel REP (Versionando a Juanito Laguna, de Antonio Berni) ARGENTINA

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