Volver al inicio

<< Medicina natural | Medidas cautelares | Medidas provisionales >>

Volver a: "M"

Medidas cautelares
TA:
Derecho penal
Medidas provisionales
TE:
Acusado
Delitos
TR:
Doble instancia
NA:
En el proceso penal el Juez puede ordenar medidas con las que trata de asegurar el correcto desarrollo del proceso, y también que la persona acusada esté a disposición del Juez el tiempo necesario para investigar el delito. A estas medidas se las denomina cautelares. El juez sólo puede adoptar estas medidas si existe algún riesgo o circunstancia que pueda poner en peligro o frustrar el desarrollo del proceso penal. En cualquier caso, un abogado podrá ofrecer asesoramiento sobre todas estas cuestiones a la vista de las peculiaridades que presente cada supuesto concreto.