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Principio de no injerencia
TA:
Derecho internacional
Soberanía de los estados
NA:
Principio clásico del derecho internacional, consagrado en el artículo 2.7. de la Carta de las Naciones Unidas, que consiste en que ningún país puede intervenir en los asuntos internos de otros y que determina, en ocasiones, junto con otros factores, la imposibilidad de protección internacional de los derechos humanos.